NIIF PYMES 2025 - Sección 14
Sección 14 - Inversiones en Asociadas

Análisis de la Sección 14 - NIIF para las PYMES 2025
Para las Pequeñas y Medianas Entidades (PYMES), comprender cómo contabilizar sus inversiones en otras empresas es crucial. La Sección 14 de la Norma Internacional de Información Financiera para las PYMES (NIIF para las PYMES) aborda específicamente el tratamiento contable de las "Inversiones en Asociadas". Este artículo te proporcionará una visión general de los puntos clave de esta sección, basándonos en la normativa.
¿Qué es una Asociada según la NIIF para las PYMES?
Una asociada es una entidad sobre la cual un inversor tiene influencia significativa. La influencia significativa se define como el poder de participar en las decisiones de política financiera y de operación de la asociada, pero sin llegar a tener control o control conjunto sobre esas políticas.
Se presume que existe influencia significativa si el inversor posee, directa o indirectamente, el 20% o más del poder de voto de la asociada, a menos que se demuestre claramente lo contrario. Por otro lado, si el inversor posee menos del 20%, se presume que no tiene influencia significativa, a menos que se pueda demostrar claramente dicha influencia. Es importante destacar que una participación sustancial o mayoritaria por parte de otro inversor no impide que un inversor tenga influencia significativa.
Alcance de la Sección 14
Esta sección aplica a la contabilización de las asociadas tanto en los estados financieros consolidados como en los estados financieros de un inversor que no es una controladora pero tiene inversiones en una o más asociadas. Los requisitos para contabilizar las asociadas en estados financieros separados se establecen en el párrafo 9.26.
Modelos de Medición – Una Elección de Política Contable
La NIIF para las PYMES permite a un inversor elegir una de las siguientes opciones para contabilizar todas sus inversiones en asociadas:
- El Modelo del Costo: Bajo este modelo, las inversiones en asociadas, a menos que tengan una cotización pública (ver párrafo 14.7), se miden al costo menos cualquier pérdida por deterioro del valor acumulada reconocida de acuerdo con la Sección 27 Deterioro del Valor de los Activos. Los dividendos y otras distribuciones recibidas de la inversión se reconocen como ingresos sin importar si provienen de ganancias acumuladas antes o después de la fecha de adquisición.
- El Método de la Participación: Este método implica que la inversión se reconoce inicialmente al precio de transacción (incluyendo costos de transacción) y posteriormente se ajusta para reflejar la participación del inversor en la ganancia o pérdida y otro resultado integral de la asociada. Las distribuciones recibidas de la asociada reducen el importe en libros de la inversión. También pueden requerirse ajustes por cambios en el patrimonio de la asociada derivados de partidas de otro resultado integral. Se eliminan las ganancias y pérdidas no realizadas procedentes de transacciones entre el inversor y la asociada en la proporción de la participación del inversor.
- El Modelo del Valor Razonable: Cuando una inversión en una asociada se reconoce inicialmente, se mide al precio de transacción, excluyendo los costos de transacción. En cada fecha de presentación, el inversor medirá sus inversiones en asociadas al valor razonable, reconociendo los cambios en el valor razonable en pérdidas y ganancias, utilizando la guía de medición del valor razonable de la Sección 12 Medición del Valor Razonable. Si el valor razonable no puede medirse de manera fiable sin un costo o esfuerzo indebido, el inversor utilizará el modelo del costo.
Presentación en los Estados Financieros
Las inversiones en asociadas se clasifican como activos no corrientes.
Revelaciones Importantes
La Sección 14 requiere que una entidad revele cierta información:
- Su política contable para las inversiones en asociadas.
- El importe en libros de las inversiones en asociadas.
- El valor razonable de una inversión en una asociada si tiene una cotización de mercado y la entidad contabiliza la asociada utilizando el método de la participación.
Además, se requieren revelaciones específicas dependiendo del modelo de medición utilizado:
- Para el modelo del costo: el importe de los dividendos y otras distribuciones reconocidos como ingresos.
- Para el método de la participación: su participación por separado en la ganancia o pérdida y en las operaciones discontinuadas.
- Para el modelo del valor razonable: las revelaciones requeridas en la Sección 12. Si se aplica la exención por costo o esfuerzo indebido, se debe revelar este hecho, las razones y el importe en libros de las inversiones contabilizadas bajo el modelo del costo.